Detectan deficiencias en obra liquidada por Municipalidad Provincial de Casma


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La Contraloría ha emitido un informe de control al mejoramiento y ampliación del servicio de educación inicial de la I. E. N° 1710 del CC. PP. San Francisco Alto- distrito de Casma, que ejecuta la Municipalidad Provincial de Huarmey por  S/ 2,043,975.46 en el marco del Plan Integral de Reconstrucción con Cambios. Se advierte 3 situaciones adversas:
1. La MPC aprobó la liquidación de la obra incumpliendo con las formalidades que establecen las bases integradas, posibilitando que no se pueda evaluar el cumplimiento de objetivos y metas del proyecto.
 
(…) en el apartado “9. Deductivos de partidas no ejecutadas en campo” del informe n.° 007-2021/ADCV-SUPERVISION, de 7 de setiembre de 2021, el consultor (supervisión de obra) ha considerado un deductivo de partidas no ejecutadas en campo sin presentar sustento técnico
(…) el consultor hace mención del descuento al contratista el monto de S/1 719,84 por no ejecutar las partidas contempladas en los planos del expediente técnico, siendo que estos debieron ser ejecutados por orden de prelación, según lo manifiesta el “Artículo 16.- Sistema de Contratación” del “Capítulo III Actos Preparatorios” del “Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios”, ya que la obra se ejecutó bajo el Sistema de contratación a Suma Alzada
2. La MPC aprobó la liquidación de obra, pese a que algunas partidas no cumplen las especificaciones técnicas, situación que afectaría la calidad y vida útil de la obra.
(…) las puertas de madera de la Institución Educativa presentan fisuras en marco y hoja, y no estarían bien instaladas, porque presentan deficiencias al tratar de cerrarlas
– en el tragaluz ubicado en la parte superior de la puerta (ventana alta) la silicona blanca antihongos no cubre la totalidad de la superficie y perímetro de contacto entre marco y vidrio, además las perillas están desgastadas
– De la visita de campo de 29 de abril de 2022, se constató que las luminarias de los distintos pabellones de la Institución Educativa son tipo paneles; situación que difiere con los planos del expediente técnico y los planos de replanteo del expediente de liquidación; por lo cual, no se estaría cumpliendo con las características técnicas ofertadas
– el cielo raso del pabellón “A”, se encontraron cables expuestos en donde deberían ir las luminarias tanto en el aula 1 como en el aula 2
– de la inspección realizada se puede establecer que se habría aprobado y recepcionado la partida “04.09 Artefactos”, sin cumplir con lo especificado en el expediente técnico aprobado
– se pudo observar desprendimiento de concreto en la losa de los lavatorios empotrados, lo que delataría un deficiente procedimiento constructivo (mezcla de concreto pobre o un desencofrado prematuro)
– se pudo constatar urinarios que no cuentan con la totalidad de los pernos de anclaje y sostenimiento, así como también les faltan estos accesorios a las barras fijas de los SS.HH. de discapacitados
– en ambos pabellones, en los parapetos de los voladizos de las losas aligeradas, presentan fisuras en la cara lateral exterior
– la presencia de fisuras en los paños de concreto del patio de la institución educativa, al igual que en los paños de las veredas que sirven de circulación a los pabellones y al cuarto de bombas
–  la geometría de la canaleta de evacuación de aguas pluviales no habría sido ejecutada de acuerdo a lo presentado en el plano de replanteo DE-01
3. La MPC aprobó la liquidación de obra sin contemplar el inicio de acciones legales que corresponderían ante los funcionarios que no cautelaron el pago oportuno de las valorizaciones, situación que podría afectar el uso de los recursos públicos.    
 
(…)  De la revisión efectuada a la documentación del expediente de liquidación, se advirtió que el pago por valorizaciones fue efectuado fuera de los plazos correspondientes en concordancia al “Artículo 83. Valorizaciones y metrados” del Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios
 
(..) el Contratista no habría cumplido los periodos en que se debió realizar las valorizaciones según su cronograma de avance de obra valorizado, posibilitando que no se haya podido verificar fehacientemente el avance acumulado y una posible demora injustificada en la ejecución de la obra, situación que si no es corregida a tiempo es causal para que opere la intervención económica de la obra o la resolución del contrato, de acuerdo a la normativa
 
(…) el consultor incumplió los plazos de ley para registrar su informe de valorización n.° 5 y n.° 6 ante la Entidad, mientras que esta no realizó los pagos en su debido tiempo en las cuatro (4) valorizaciones antes observadas, situación que pudo haber afectado la continuidad de la obra y que posibilita el pedido de pago de intereses por demora por parte del contratista, atentando contra el tesoro público ante una mala gestión administrativa.

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